Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los
Municipios Guácara, San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando
Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
Declara: Reconocido en su contenido y firma el documento privado suscrito por los ciudadanos CARLOS
JAVIER QUINTERO AGULAR y GLADYS BEGOÑA RODRIGUEZ ACOSTA, plenamente identificados en
autos, que corre en autos al folio dos (2), del presente expediente, relacionado con la venta de unas
bienhechurías construido sobre la parcela de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras, ante
Instituto Agrario Nacional, cuyas medidas, linderos y demás especificaciones constan en el citado
documento y se dan aquí por reproducidas, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase en
original las presentes actuaciones a la parte solicitante, por tratarse de Jurisdicción Voluntaria y déjese
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