IX
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, DECLARA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de IMPUGNACIÓN DE PATERNI-DAD incoada por el ciudadano SANDRO DE ABREU FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.985.919, de este domicilio, asistido por abogada MARIELA EVELYN PEÑALVER, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 211.603, de este domicilio, mediante el cual, interpone formal demanda de impugnación de paternidad de conformidad con los artículos 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 768, 769 y siguientes de Código de Procedimiento Civil y en los artículos 221, 462, 501 y siguientes del Código Civil en contra de los ciudadanos MORET JESÚS VERA GUTIERREZ y FÁTIMA AL.....