Capítulo VII
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho arriba mencionadas, este Tribunal Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada Doreimys Josefina García, inscrito bajo el Inpreabogado N° 67.972, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto dictado en fecha 08 de enero de 2025 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
SEGUNDO: Se anula el auto de fecha 08 de enero de 2025 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito Circunscripción Judicial del estado Carabobo. En virtud de ello:
TERCERO: Se declara RENUNCIADO EL DERECHO DE RETASA de conformidad con lo previsto en el artí.....