En atención a las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO, interpuesto por el ciudadano CARLOS ALBERTO RENGIFO ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.247.665, asistido por la abogada LILIBETH MARIA MUÑOZ CAÑIZALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 251.185, en la solicitud de DIVORCIO contra la ciudadana YASENIS DEL CARMEN HERNANDEZ DE RENGIFO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.167.997. Y ASI SE DECIDE. Se acuerda la devolución de los originales dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas.
Dada sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, a los diecinueve (19) días del mes de febrero del año .....