este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.