Conforme a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo - Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con Solicitud de Suspensión de Efectos contra la Providencia Administrativa No. 00268-2016 de fecha 14 de abril de 2016, contenida en el expediente No. 049-2010-01-00881, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN PARA DESPEDIR a la ciudadana ANDREINA ALTUVE SOLORZANO, suficientemente identificada en autos. SEGUNDO: En virtud de lo anterior se ANULA la Providencia Administrativa No. 268-2016, de fecha 14 de abril de 2016, contenida en el expediente No. 049-2010-01-00881,.....