Por lo antes expuesto este JUZGADO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSION PUERTO CABELLO, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Exequátur presentada por el ciudadano GUSTAVO MIGUEL DELGADO LANG, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No V.- 11.361.485, asistido por la abogada AMALIN VIRGINIA MEDINA PIÑA, I.P.S.A., No. 122.327.
SEGUNDO: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia Nº 4/2010, de fecha 04 de enero de 2010, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Torremolinos (Malaga), España, la cual declaró la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los ciudadanos Jenny Rosiris Feal Amaya y Gustavo Miguel Delgado Lang, en fecha 11 de octubre de 2002, por ante la Prefectura de la Parroquia El Socorro del Municipio Val.....