En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara CON LUGAR la acción de DESALOJO incoada por la empresa INVERSIONES BOGABE C.A., a través de su apoderado judicial abogado JUAN VICENTE ARCINIEGA ARNAO contra la ciudadana NANCY APONTE representada por la Defensora Judicial abogado Carolina Pérez, todos ya identificados en la presente decisión; en consecuencia se condena a la demandada en lo siguiente: a) A desalojar y entregar a la parte actora el inmueble arrendado constituido por una oficina situada en la Calle Colombia, Edificio Farmo, piso tres, oficina N° 15, Valencia, Estado Carabobo, totalmente desocupado y en las mismas condiciones en que lo recibió. b) A pagar a la parte actora la cantidad de QUINCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 15.678,00) por concepto de los cánones de arrendamiento insolutos de los meses de septiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2.004; en.....