Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE in limine litis, la demanda por ACCION MERO DECLARATIVA DE CERTEZA DE PROPIEDAD, intentada por el ciudadano CARLOS SOLIS MEJIA BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nro. V-9.347.089, debidamente asistido por el Abogado JULIO ISRAEL ACUÑA GONZALEZ, inscrito en el ipsa bajo el Nro. 174.791, contra el ciudadano CESAR AUGUSTO FUENTES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.387.288.
Dada firmada y sellada en la sala de despacho de este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y S.....