DISPOSITIVO
En razón de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- CON LUGAR la demanda de DESALOJO propuesta por el Abogado FERNANDO FACCHIN ARIAS inscrito en el Inpreabogado bajo el N°V-72.015 actuando como Apoderado Judicial del ciudadano LUIS ROBERTO PÉREZ DE LA CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.087.755 contra: la Sociedad de Comercio M&L Construcciones, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo en fecha 30 de agosto de 2007, bajo el N° 36, tomo 76-A, en la persona de su director Carlos Ricardo Rangel Porras venezolano, mayor de edad, casado, hábil en derecho, identificado con la cédula V-18.999.....