DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y la Autoridad que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: JOEL VICENTE RIVAS ALVAREZ Y ZULY MARIA CAMPOS FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, de las cedulas de identidad Nº V- 13.454.692, y Nº V- 15.364.379, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio: EDUARD FERNANDO BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 166.351. En consecuencia, se declara: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado en fecha 04 Agosto de 2006, asentado, en el Libro de Registro de Matrimonios llevados por ante LA PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO, (AHORA REGISTRADORA (O) CIVIL DE LA PARROQUIA MA.....