En consecuencia visto y revisados todos y cada unos de los conceptos reclamados por la actora en su escrito libelar, este juzgado en administrando justicia y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano, VENANCIO MANRRIQUEZ PADRON, en contra de la empresa SERVICIO Y MANTENIMIENTO ALCAFER, C. A, en tal sentido la empresa deberá cancelar al trabajador la cantidad de VEINTIUN MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs.21.188, 60), mas lo que resulte de la experticia complementaría del fallo, ASI SE DECLARA
Se ordena a pagar los intereses por el concepto de prestación de antigüedad de conformidad previstos en el literal C en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, b), se ordena el pago de los interese de mora, calculados a partir de la fecha de terminación de la relación de trabajo, hasta la fecha de publicación de la presente sentencia C) se ordena la indexación sobre las cantidades condenadas a pagar por los .....