|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 18/02/2005 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
5968
|
N° Sentencia :
1
|
Fecha: 18/02/2005 |
Procedimiento: Accion Mero Declarativa |
Partes: DTTE. ALFREDO DE JESUS SANDOVAL. ASISTE: CARLOS SANDOVAL. DDO. COORPORACIÓN BUCARAL TRES C.A |
Resumen:
Por todas las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente demanda por extinción de hipoteca en razón de haberse cancelado el precio de la cosa hipotecada de conformidad con el artículo 1.907 ordinal 4to del Código Civil Venezolano, intentada por el ciudadano ALFREDO DE JESUS SANDOVAL, debidamente asistido por el abogado CARLOS SANDOVAL, identificados en autos, contra la Sociedad de Comercio Corporación Bucaral Tres C.A., identificada en el expediente.
|
Juez/Ponente:
Zolanda Eladia Acevedo de Garcia
|
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
|
N° Expediente :
3019
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 18/02/2005 |
Procedimiento: Medida De Embargo Preventivo |
Partes: DEMANDANTE: MIGUEL ANGELRUIZ RUIZ- DEMANDADOS: LISETT DEL VALLE TAICO |
Resumen:
RESUMEN: SE PRACTICO LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO. El TRIBUNAL RATIFICA EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES LA MEDIDA DE EMBARGO PRACTICADA, POR CUANTO SE HA SOLICITADO LA SUSPENSIÓN DE LA MISMA POR EL NOTIFICADO, ALEGANDO CUALIDAD DE TERCERO, SIN HABER PRESENTADO A JUICIO DEL TRIBUNAL, PRUEBA FEHACIENTE QUE ACREDITE TÍTULO DE PROPIEDAD SOBRE EL VEHÍCULO EMBARGADO, RAZÓN POR LA CUAL EL TRIBUNAL NIEGA LO SOLICITADO, POR NO SER PROCEDENTE EN LOS TÉRMINOS EN QUE SE HAN PLANTEADOS, NI SUFICIENTE LOS RECAUDOS QUE HA CONSIGNADO.
|
Juez/Ponente:
Alix José Rodriguez de Chourio
|
Organo:
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo
|
|
|
|
|