En conformidad con los aspectos argumentados precedentemente, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena la remisión del presente asunto al Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, a los fines legales pertinentes. Así se resuelve.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA PARA EL ARCHIVO.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil trece. (2013). Años: 202° y 153°.
Juez Superior Cuarto del Trabajo
Abogado César Augusto Reyes Sucre
La Secretaria
Abogada Elida Lissette Plánchez Castro
En la misma fecha, siendo las 02:21 de la tarde, se dictó, publicó y registró la anterior decisión .....