ACUERDA LA SUSTITUCION POR EXAMEN y REVISION DE LA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACION DE LIBERTAD, que pesa contra el ciudadano JOSÉ RAFAEL MENDOZA MENDONZA, venezolano, natural de Güigüe, Estado Carabobo, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 03-12-1979, titular de la cédula de identidad N° V- 22.426.258, estado civil Soltero, de Profesión u oficio obrero, hijo de José Muñoz (V) y Aida Mendoza (V) domiciliado en Campo Alegra, calle Mariño Sur, casa Nº 04, Parroquia Güigüe, Municipio Carlos Arvelo Estado Carabobo, todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar acuerda las medidas cautelares sustitutivas de la privativa de libertad previstas en los numerales 2º, 3º, 4º y 5º articulo 256 ejusdem, las cuales consisten en la presentación periódica cada quince (15) días por ante la oficina del alguacilazgo, debiendo consignar dos (2) tipo carnet, fotocopia de cedula de identidad, la prohibición de salida del país y de la jurisdicción del Estado Carab.....