En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos SUGEINS DAYANA BERMÚDEZ MORA y CARLOS ALBERTO MARTINEZ PRATO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-20.194.516 y V-19.107.034 respectivamente y ambos de este domicilio, asistidos por la Abogada LUCINDA ISABEL OCHOA CORTEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 284.263, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil y la Sentencia N° 693 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de Junio de 2015, en el expediente N° 12-1163, con Ponencia.....