ste Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad a loprevistoen el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y las trabajadoras, y 10 y 11 del Reglamento de Ley Orgánica del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo ni normas de Orden Público, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, en los términos como las partes los establecieron, dándole efecto de Cosa Juzgada y se exhorta a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta, se realizan cuatro (4) ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto. Es todo.
Por la parte demandante:
Por la parte demandada:
LA JUEZ
ABG. KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
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