Se dicto decisiòn en la cual se acuerda LA CONMUTACIÓN de la pena que le falta por cumplir en CONFINAMIENTO, al penado: VICTOR JULIO ARANGUREN RUIZ, venezolano, natural de Maracay, estado Aragua, de 56 años de edad, fecha de nacimiento 17-04-59, titular de la cedula N° V-5.281.637, hijo de Pragedes Ruiz (F) Y Víctor Aranguren (F), quien se encuentra actualmente detenido en la Estación Policial del Municipio Diego Ibarra, de conformidad con lo dispuesto en los con los artículos 52 y 20 ambos del Código Penal en relación con el Artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en la siguiente dirección: Barrio San Vicente, calle 02 de octubre, casa Nª 100, Parroquia Los Tacariguas, Municipio Girardot, Maracay, estado Aragua, es decir hasta el día 30/09/2017, aproximadamente, fecha en la cual terminará de cumplir la totalidad de la pena impuesta, sometido a las obligaciones antes descritas, de conformidad con los artículos 52 y 20 ambos del Código Penal.-