Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por la Ciudadana MARIA FERNANDA ROJAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-30.828.891, y de este domicilio, mediante su apoderada Judicial Abogada NUBIA RODRIGUEZ CARRILLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 118.319, en la demanda que por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, fuere incoada por la ciudadana MARIA FERNANDA ROJAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-30.828.891, y de este domicilio, ello en razón a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Ci.....