En el presente caso, aprecia quien aquí decide que se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos por el Artículo 185-A del Código Civil, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo suficientes los documentos producidos al efecto, resulta forzoso para este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por la ciudadana : MARIBEL HERNANDEZ ALVARADO venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad nro V-10.095.410 respectivamente, y en consecuencia queda DISUELTO el vínculo Matrimonial que la unía con el ciudadano FRANKLIN RAMON PEREZ CHIRINOS venezolano mayor de edad titular de las cedula de identidad nro V-10.693.392 desde el día dieciocho (18) de diciembre del año mil novecientos noventa y dos (1992), contraído por ante el registro civil de.....