Ahora bien, vencido como se encuentra el lapso de cinco (05) días hábiles para que la parte efectuara el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva N° 1616 de fecha 18 de noviembre de 2024, este Tribunal deja constancia que hasta la presente fecha el contribuyente identificado en autos, no ha efectuado el cumplimiento voluntario de la Sentencia Definitiva antes descrita, razón por la cual de conformidad con el artículo 308 eiusdem, SE ORDENA remitir este expediente Nº 3142 (numeración de este tribunal) mediante oficio a la DIRECCIÓN SECTORIAL DE HACIENDA MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA, a fin de que proceda a realizar la ejecución forzosa de la Sentencia antes mencionada. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado. Publíquese y Regístrese.