En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por la Abogada LILIANA JOSEFINA RIVERO HERNANDEZ, quien actua como apoderada judicial de la ciudadana MARGARITA DEL CARMEN MEDINA DE RIVERA contra el ciudadano JESUS JAVIER DAZA, todos plenamente identificadas en autos.
En consecuencia, se le ordena al demandado de autos, ciudadano JESUS JAVIER DAZA, entregar a la parte actora el inmueble arrendado y objeto de la presente demanda, constituido por una casa, identificada con el número 69, ubicada en la Calle Urdaneta, entre Calle Jacinto Lara, cruce con la Calle Bolívar, del Municipio Guacara del Estado Carabobo, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa de Fortune Caricote; SUR: Con casa de Trina Agreda; ESTE: Con cal.....