III
DECISIÓN
En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN Y EL DESAFECTO entre los Ciudadanos: LUCIA ALEJANDRA DUEÑAS CUSNIER y MARCOS ALFONSO GONZALEZ RONDON, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de la Cedulas de Identidad N°-12.932.527 y Nº V-11.916.013 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron en fecha Nueve (09) de Diciembre del Año Dos Mil (2000), por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, según Acta Nº 587, Tomo III, de la referida fecha.
Publíquese, regístrese de conformidad con lo establecido en la resolución Nº.....