Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, por interposición de recurso de nulidad, incoada por el ciudadano LUIS FELIPE NUÑES, titular de la cédula de identidad N° V-7.906.220, actuando con el carácter de PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL LA TRINIDAD, ESTADO YARACUY, debidamente asistido por el abogado JOSE IGNACIO GEORGE SOTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°39.727, contra la el decreto N° DA/0008/2009 del 15 de mayo de 2009, dictada por la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD, ESTADO YARACUY.