REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 17 de Junio de 2015
205º y 156º
Vista la diligencia del 09/06/2015 suscrita por la abogada Beatriz Feo de Lameda, Ipsa Nº 11.801, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita lo siguiente:
"(...) me doy por notificada de la decisión de este tribunal y así mismo con base a la doctrina establecida en la Sentencia 332, de fecha 9 de Agosto de 2008 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia y los Artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, solicito se notifique a los demandados Francisco García y Aluminios Unión, C.A., mediante boleta dejada en la dirección de la empresa (...) o en su defecto en la cartelera del Tribunal, ya que los demandados no han constituido domicilio procesal (...)" (Cursivas, negrillas y subrayado de este Juzgado Agrario)...
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Por .....