En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito, y Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción. Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 13 de marzo del 2008, por la abogada ELAINA DUQUE PEREZ, en su carácter de apoderado judicial del accionante, ciudadano GUILLERMO EVELIO BLANCO PEREZ, contra la sentencia interlocutoria dictada el 28 de noviembre del 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO.- SE ORDENA al Juzgado "a-quo" continuar el presente procedimiento desde el estado en que se encontraba al momento de dictarse la sentencia recurrida, revocada por esta Alzada, dejando incólume todas las actuaciones que van desde los folios 45 al 67, del presente exped.....