Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos ANA TERESA MONTES BLANCO y ROBERTO LUIS ANTONIO VASQUEZ PEÑA, plenamente identificados, desde el día 22 de noviembre de 1.997, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 498, Tomo III del año 1.997, en el libro de matrimonios llevado por ante la oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia, Estado Carabobo.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Los Municipios Va.....