Por las razones expuestas y de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, incoada por la ciudadana CARLA MARIA ZIELINSKI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.056.866, debidamente asistida por los abogados en ejercicio, BERGMAN MONASTERIO Y FREIVYS PALMA VILORIA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº (s) 86.400 y 86.288, contra la SOCIEDAD DE COMERCIO NEW CAR, TALLER DE LATONERÍA Y PINTURA, C.A., representada por SUSANA GÓMEZ FIGUEROA, Gerente General y su Director Gerente FELIX GONZÁLEZ BELANDIA, y consecuencialmente, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO suscrito entre las partes, suficientemente mencionado en aut.....