En esta misma fecha se acordó la DECLINATORIA de COMPETENCIA del presente asunto a la Corte de lo Contencioso Administrativo con sede en Caracas, por ser el competente para conocer de la demanda instaurada por el ciudadano JOSE HILDEMARO INFANTE GAMARRA, todo de conformidad con los artículos 77 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese. Líbrense los respectivos oficios.-