II
MOTIVA
para emitir pronunciamiento acerca de la admisibilidad o no del presente Demanda, estima necesario esta Juzgadora hacer las siguientes consideraciones: se encontró, que la parte actora representa una Empresa cuyo objeto principal esta relacionada con la exportacion de materias primas y productos agricolas, avícolas y pecuarios, cuya competencia no corresponde a este Tribunal, pues la misma pertenece al Juzgado Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 152 Numerales 3 y 7 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, de lo cual se desprende que la presente demanda corresponde tramitarse conforme al procedimiento ordinario agrario en virtud de que es una empresa que involucra bienes afectos a la actividad agropecuaria, a los fines de velar por la efectiva protección de los intereses agrarios que justifican la legislación especial. Así como ajustar la actividad agroproductiva en función al Plan de Segurid.....