DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden y las conclusiones que de ellas han sido deducidas, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado FELIX ALEJANDRO CASTRO LICCI, actuando en nombre y representación de los ciudadanos ORLANDO JOSÉ CANELÓN RODRÍGUEZ y JULIO CESAR CASTRO LICCI, en su condición de únicos Directores de la sociedad de comercio INGENIERÍA, MERCADEO Y CONTROL AMBIENTAL, C.A. contra la sentencia de fecha 22 de julio de 2005 y actuaciones de fechas 07 de noviembre de 2005, 01 de julio de 2005, y 19 de julio de 2005, dictadas por el JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia di.....