Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIA EVA CARRILLO, con el carácter de Apoderada judicial de la demandada, al comprobarse en esta Alzada, que la presente acción esta prescrita, por haber operado la prescripción de la acción. Y así se decide.
REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello en fecha 31-enero-2000, que declaró con lugar la demanda planteada por el ciudadano FAUSTINO RAMÓN VAN DER BIEST PADILLA, incoada en contra la Sociedad Mercantil CORPOVEN S.A., -de las características que constan en autos- por Indemnización laboral, e impugnada mediante recurso de apelación. Y así se decide.
Declara SIN LUGAR la demanda al resultar procedente la defensa de fondo opuesta por la parte demandada en la contestación de la demanda. Y así se decide.
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