Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento PRIMERO: SE HOMOLOGA el desistimiento interpuesto por el ciudadano ELVIS JOSÉ CAMPEROS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.656.438., debidamente asistido por la Abogada en ejercicio ANTONIETA REYES LIMONTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.641., quedando en consecuencia como sentencia pasada en cosa juzgada. No hay condenatoria en costas procesales.