DECISION
Por las razones, motivos y consideraciones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, notifique a las partes de la decisión agregada al expediente en fecha 20 de Mayo de 2015, registrada y publicada en fecha 21 de Mayo de 2015, a los fines de no vulnerar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes.
Notifíquese, la presente decisión al Juez A quo. Líbrese boleta.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los Dieciséis (16) días de.....