DECISIÓN.
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA LA ACCIÓN INTENTADA contra el CONSORCIO OTEPI, INELECTRA-SADEVEN-TOYO, incoada por los ciudadanos: ANGEL VENEGAS, YUNNHYOR ANDRADE, RAFAEL CONTRERAS, HENRY GARCIA, FELIPE ARTEAGA, IRAN ALVAREZ, ROBERT ANDRADE, GUILLERMO MARQUEZ, OSCAR RIVERO y CARLOS OCHOA, todos plenamente identificados en las actas procesales, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales, Salarios dejados de percibir y otros Conceptos Contractuales Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio.....