Por cuanto están llenos los extremos de Ley, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: RAFAEL BENITO SALCEDO y AMANDA LOPEZ DE SALCEDO, asistidos por el abogado YBRAIN VILLEGAS POLANCO, todos ya identificados, en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído el día Veinticuatro (24) de Agosto del año Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1.989), por ante la Prefectura del Municipio Foráneo Borburata, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, hoy Oficina de Registro Civil de la Parroquia Borburata, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, según consta del acta de matrimonio que corre inserta al folio 4, 5, 6 y 7 de la Solicitud.
No se hace pronunciamiento sobre los hijos por no haber procreado.-
No se hac.....