PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION A LA MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROPRODUCTIVA, formulada por el ciudadano JOSÉ LUÍS CHÁVEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.- 7.030.620, debidamente asistido por sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio ALBERTO JOSE NELO PARGAS Y VIALEXY JOSEFINA CASADIEGO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 18.785.698 y V.- 10.324.698, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 192.865 y 136.383, respectivamente.
SEGUNDO: SE RATIFICA MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROPRODUCTIVA, en los mismos términos en la cual fue, decretada en la fecha 03/03/2017, a favor de la actividad agroproductiva ejercida por la SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO SOUTO C.A., en la Granja Bejuma, ubicada en el Sector Caserío Reyes, Municipio Bejuma del Estado Carabobo, cuya extensión comprende dos (02) lotes de terrenos, siend.....