en el dia de hoy se procede a punlicar el fallo que En fecha 09 de MAYO de 2011, 11:00 a.m siendo la oportunidad para que se verificara la Audiencia Preliminar, el Tribunal dejó expresa constancia de la comparecencia de la abogado RAMONA BETSANE SANCHEZ supra identificada en auto, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora , y que la parte demandada LC SERVICE, C.A.; no compareció a la audiencia preliminar, por intermedio de Representante Legal, Estatutarios o Apoderado Judicial, alguno; por lo que en aplicación de la sanción jurídica prevista en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procedió a dictar sentencia oral conforme a la confesión, en la cual se presume la admisión de los hechos alegados, y no contraria a derecho la petición del demandante; reservándose un lapso de cinco días hábiles, a los fines de publicar el fallo íntegro.-