Por lo expuesto anteriormente este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del
Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por
Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE
CONTENDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, solicitada por los ciudadanos CARLOS LUIS TORRES
LINARES E YRELIS MILEIDY HERNANDEZ DE TORRES, identificados en el encabezamiento del
presente fallo. En consecuencia se tiene como RECONOCIDO el instrumento privado que
acompaño las presentes actuaciones de conformidad con los artículos 1.364 del código civil y 444
del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
PUBLÍQUESE REGISTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN
JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA.....