´´´´´´En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Ramón Flores Martínez, en su carácter de apoderado judicial de la demandante, al verificar esta Alzada que no logró acreditar los derechos y defensas de los intereses que representa. Así se establece.
CONFIRMA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 09 de agosto de 2024, que declaró con lugar la Prescripción de la acción opuesta como defensa perentoria de fondo por la entidad demandada y sin lugar, la demanda incoada por la ciudadana Liyeira Elena Mendoza de Estévez, quien es v.....