Se dicta sentencia por medio de la cual NIEGA LA SOLICITUD DE REVISION DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, realizada por la Defensa Pública del acusado CARLOS MANUEL GIL VELIZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.108.471 todo de conformidad con el Artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se mantiene Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad contenida en el artículo 236 del texto adjetivo penal, impuesta en su oportunidad por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de esta Circunscripción.