Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSION PUERTO CABELLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECLARA EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN a partir de la presente fecha, en el juicio seguido por las ciudadanas VIRGINIA GRATEROL MENDOZA Y SIMONA MENDOZA, contra la ASOXCIACION CIVIL DE PEQUEÑOS COMERCIANTES DE LA ENCRUCIJADA DE MORON.
Terminada como ha quedado la presente causa, se ordena el archivo del presente Asunto, una vez transcurrido el lapso para que las partes ejerzan el recurso legal ordinario si lo consideran pertinente, en beneficio del derecho a la defensa.
Publíquese, regístrese, y déjese Copia en el archivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Juicio de Primera Instancia Tanto del Nuevo Régimen como del Régime.....