Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE la tutela cautelar requerida por CENTRAL MADEIRENSE, C.A. con motivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la providencia administrativa Nº 808-2010 del 27 de junio de 2011 emanada de la Inspectoría del Trabajo "César Pipo Arteaga" del Estado Carabobo, mediante la cual se declara con lugar el procedimiento de proposición de multa interpuesto por la Unidad de Supervisión adscrita a la referida dependencia administrativa.