DECISIÓN
Conforme a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo - Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos contra la Providencia Administrativa No. 00030-2017 de fecha 24 de enero de 2017, contenida en el expediente No. 049-2016-01-00155 emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN PARA DESPEDIR al ciudadano RENNY COROMOTO RICO RAMOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula No. V-7.408.515, realizada por la entidad de trabajo PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN). SEGUNDO: En virtud de lo anterio.....