ador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: VILMERY EDITH BLANCO CANTILLO y CARLOS SHAOLIN LEON RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.241.210 y V-17.193.247, respectivamente, de este domicilio, asistidos la primera prenombrada por el Abogado CARLOS ALBERTO PEREZ CAMACARO y el segundo prenombrado por la Abogada NELSY NEREIDA CORTEZ, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 135.530 y 189.133. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une el 03 de Noviembre del año 2007, por ante la oficina del Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia del Estado Carabobo