V. DECISIÓN.
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición ejercida por la parte accionada, ciudadano LUÍS NICOLÁS CARREÑO, titular de la cedula de identidad Nº 1.329.490, domiciliado en Parque Agrinco, Tocuyito, Municipio Libertador del Estado Carabobo, representado por el abogado Roger Morillo Lizardo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N 24.536, contra la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD DE PRODUCCIÓN AGROPRODUCTIVA, consistente en actividades agrícolas vegetal y animal de siembra de aguacates, cambur, plátano, coco, yuca, maíz, guayaba, mango, melón, quinchoncho, caraota, lechosa, piña, guanábana, fríjol, auyama, café (cereales, musáceas, raíces, plantaciones cons.....