DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley: PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales formulada por el abogado HENRY CASTILLO, ya identificado. SEGUNDO: Declara que el Tribunal COMPETENTE para conocer de la señalada solicitud es un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, de esta Circunscripción Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello. En Puerto Cabello a los quince (15) días.....