En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano EDUARDO JOSE ENRIQUEZ LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.768.117 contra la Sociedad de Comercio "QUALITY SECURITY SERVICE" (QSS) C.A.
SIN LUGAR la apelación interpuesta por el actor, y en estos términos queda CONFIRMADA la sentencia recurrida.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la acción.-