El actor tiene igualmente derecho a que una vez verificado por el tribunal el destino del depósito que en la oportunidad del despido se hiciere a favor del mismo, por ante el extinto juzgado de primera instancia y cuya prueba de consignación se encuentra agregado en el expediente en copia certificada, le sea entregada la cantidad de Bs. 1.206.932,26 más los intereses que la misma ha generado, a cuyo efecto el tribunal se avocará en forma inmediata a solicitar del archivo judicial el expediente de la consignación, así como requerir la información respectiva a la institución bancaria en la que llevaba la cuenta mancomunada el tribunal.
Presente en este acto el ciudadano CARLOS DI SALVATORE NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-7-015.688, de este domicilio y debidamente asistido en este acto por la abogada YALITZA MEDINA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 74.141; el mismo manifiesta estar conforme con los términos del presente acuerdo, los cuáles .....