En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado HUGO FEDERICO ALVARADO OCHOA, y ordena la REPOSICIÓN de la causa al estado de admitir o no la pretensión planteada, en consecuencia queda REVOCADA la sentencia dictada por el a-quo. Así se declara.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el Archivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Puerto Cabello, a los quince (15) días del mes de febrero del año dos mil seis (2006). Años: 194º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez Temporal,
Abogada CLAUDIA .....